En los últimos seis años hemos observado una desaceleración en la contratación de deuda pública de largo plazo de estados y municipios. Es posible que dicha tendencia sea consecuencia de una política conservadora y responsable de las finanzas públicas, con el objetivo de mantenerse dentro de las directrices de la LeyDescubre la Estructura y Función de la Ley en la Sociedad, cómo las leyes regulan la vida cotidian... Más de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios.
De acuerdo con el reporte sectorial publicado por HR Ratings en enero del 2024 y con cifras oficiales al tercer trimestre de 2023 (3T23), la deuda total de los estados y municipios era poco más de 672 mil millones de pesos, lo cual representa un crecimiento nominal de 3.6% contra el mismo período del 2022. De este monto, el 88% de esta deuda corresponde directamente a los estados, un 4% a los municipios y el 8% restante a organismos paraestatales (principalmente Pemex y CFE.)
Si comparamos el monto de deuda total antes mencionado con los ingresos federales, que es la fuente primaria de pago de esta deuda, observamos una reducción/caída en el nivel de endeudamiento del sector, pasando del 63.7% en el 3T22 al 55.1% en el 3T23.
Esto se puede explicar por dos fenómenos principalmente. En primer lugar, la antes mencionada política conservadora y responsable de las finanzas públicas; y, en segundo lugar, por el crecimiento de las participaciones federales, las cuales crecieron 9.3% en el 3T 23 contra el 2T23.
Estas cifras con base al Registro Único de ObligacionesSon instrumentos de deuda utilizados tanto por entidades corporativas como gubernamentales para reca... Más de Hacienda. Adicionalmente, de acuerdo con el sectorial publicado en enero de 2024 por HR Ratings, se estima que durante el 2024 las participaciones federales aumenten 3.5% en el 2024, que, si bien es una tasa menor a la del 2023, se mantiene la tendencia positiva en los ingresos.
En relación con lo anterior, la deuda pública es un instrumento de política de ingresos para financiar el desarrollo económico y social de los estados y municipios. De hecho, considerando que muchos proyectos prioritarios para el desarrollo de estas entidades son de largo plazo, inclusive más allá de un ciclo de gobierno, y los recursos generados por los estados y municipios no son suficientes para financiarlos dentro de un mismo ejercicio fiscal.
En otras palabras, coloquialmente podríamos decir “es más malo no deber, que deber mucho”. Esto porque los proyectos prioritarios para el desarrollo de largo plazo de la entidad son de gran utilidad para la sociedad y potencian el desarrollo económico.
Es importante que los recursos obtenidos mediante endeudamiento sean utilizados para incrementar el patrimonio público y financiar proyectos de inversión a largo plazo (infraestructura), que permitan beneficiar a la comunidad y al desarrollo de la entidad, es decir, que sean significativamente mayores al costo generado por las obligaciones financieras.
A manera de recuento podemos resumir que la estructura de financiamiento y endeudamiento subnacional de largo plazo ha evolucionado en lo que considero, tres ¨transformaciones¨.
En la década de los ochenta, el Reglamento del Artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal que establecía las bases para el registro de obligaciones financieras, definió que las “inversiones públicas productivas” son “las destinadas a la ejecución de obras públicas, adquisición o manufactura de bienes y prestación de servicios públicos, siempre que en forma directa o indirecta produzcan incremento en los ingresos”. El registro de deuda era meramente informativo.
En la década de los noventa, luego de un rescate financiero por la crisis económica de 1995, se eliminó la responsabilidad de la SHCPLa Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es una dependencia del gobierno federal de Mé... Más de retener transferencias federales para el pago de deuda a menos que se contara con un mandato y en 2001 se publicó el Reglamento del Artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal en Materia de Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios, aún vigente y con el cual se otorgan la mayoría de los financiamientos a este sector surgiendo la figura del fideicomiso maestro.
Sin embargo, luego de un incremento generalizado en la deuda de estados y municipios, vinculado a manejos no restringidos por parámetros regulatorios, en 2015 se aprobó la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios a nivel constitucional: el primer objetivo fue mejorar la eficacia del marco institucional para el control de la deuda pública local; el segundo, fue garantizar la transparencia y eficiencia de los procesos de adquisición de la deuda pública destinada sólo para alentar el gasto de inversión, en detrimento del gasto corriente.
Los objetivos de dicha Ley de disciplina Financiera, como se le conoce comúnmente se alcanzaron y lograron inclusive reducir de manera significativa el indicador de la Deuda Neta con respecto a los Ingresos de Libre Disposición de casi 70% al 40% en 7 años de 2017 a 2024, lo que generó una mejora continua en la calificación promedio de los gobiernos subnacionales de HR A- a HR A+.
Visto en retrospectiva, se puede decir que los objetivos de la Ley de Disciplina Financiera se alcanzaron; sin embargo, las entidades han perdido de vista este instrumento de política de ingresos, aún en un entorno donde las calificaciones muestran una buena calidad crediticia que en todo caso es superior a grado de inversión como se muestra en la gráfica.
Fuente: HR Ratings
En virtud de lo anterior cabe esta invitación a reflexionar la posible programación y análisis responsable para la contratación de deuda de largo plazo para potenciar el desarrollo económico y social de los estados y municipios en México, optimizar las políticas de gasto público y maximizar los ingresos provenientes del endeudamiento, priorizando los proyectos productivos que permitan incrementar la tasa de retorno de la inversión tal como lo mandata la constitución federal.