Dentro de los fundamentos legales que aplican a las inversiones en México, se encuentra la Ley del Impuesto sobre la Renta, el Código Fiscal de la Federación, los Acuerdos de intercambio de información, así como los Tratados Tributarios celebrados con algunos países.

En el caso particular de México, nuestra tributación es parte de la base de la riqueza global, es decir, tenemos la obligación de declarar nuestros ingresos sobre una base universal independientemente del origen de la fuente de riqueza. Este es un punto muy importante, ya que si tenemos inversiones en otros países, debemos de reportarlas en México y los impuestos que se hayan causado por las mismas, debemos acreditarlos en la declaración anual correspondiente.
Dentro de las obligaciones fiscales que tenemos como Inversionistas en México se encuentran: presentar nuestra Declaración Anual acumulando la totalidad de los ingresos, o bien, en algunos casos, presentar nuestra Declaración informativa por inversiones en jurisdicciones de baja imposición fiscal.
En materia de Inversiones hoy en día tenemos una amplia gama de opciones entre las cuales se encuentran las siguientes:
- Intereses
- Dividendos
- Enajenación de acciones
- ETF
- Fondos de Inversión
- Fibras
- Ahorro para el retiro
Cada una de ellas tiene un tratamiento fiscal distinto el cual es muy importante conocer para medir el impacto que se tiene sobre nuestra inversión.
A manera ilustrativa, queremos explicarte en el siguiente cuadro el tratamiento fiscal que se le da a las inversiones en México:

Como se describe en el cuadro comparativo anterior, la retención de ISR puede ser provisional o definitiva dependiendo el tipo de inversión y esto puede provocar que al acumular la totalidad de los ingresos, pueda caer en un porcentaje mayor que la Tarifa Anual del ISR, lo cual puede provocar que se tenga un ISR adicional.
Para contrarrestar el efecto que pudiera generar el ISR en las inversiones, la Ley del Impuesto sobre la Renta en su Artículo 51, prevé algunas deducciones que podemos aplicar entre las cuales se encuentran las siguientes:
- Honorarios Médicos y Gastos Hospitalarios
- Gastos Funerarios
- Donativos
- Intereses por Créditos Hipotecarios
- Aportaciones de Retiro complementarias
- Primas de Seguros de Gastos Médicos
- Colegiaturas
Como comentario final, hay que agregar que es importante que conozcas el tratamiento fiscal de cada una de las inversiones que realices ,ya que esto nos permitirá determinar los rendimientos netos que tendremos, además, estaremos prevenidos para reportar correctamente ante el SAT (Servicio de Atención Tributaria), dentro del periodo de tiempo establecido para presentar nuestra Declaración Anual.
Por: CP. Ramiro García Cantú, director general de Conexpert Contadores